La reforma laboral propuesta por el gobierno de Javier Milei, limita el derecho a huelga y contempla una multimillonaria transferencia de recursos del sistema jubilatorio a los nuevos Fondos de Asistencia Laboral (FAL) que se crearán para que los empresarios paguen las indemnizaciones por despido de sus trabajadores. El desvío de dinero desde la Anses hacia las empresas sería de cercano a u$s3.000 millones, según distintos cálculos. La CGT convocó a movilizar en su contra el próximo jueves 18 de diciembre desde las 15hs a Plaza de Mayo y otros puntos del país. El secretario de Trabajo, Julio Cordero, defendió el proyecto de modernización laboral enviado al Senado. “Lo que tiene de magnífica esta reforma es que no quita realmente ningún derecho esencial a los trabajadores y, por otro lado, da y otorga derechos apuntando a generar empleo”.
La Confederación General del Trabajo (CGT) se reunió este jueves al mediodía con la presencia de su consejo directivo con el objetivo de fijar una postura unificada frente a la reforma laboral que el Gobierno incluyó en el paquete de sesiones extraordinarias. La cita fue formalizada por los triunviros Jorge Sola, Cristian Jerónimo y Octavio Arguello, quienes llamaron a la dirigencia a concentrarse en la sede histórica de Azopardo para discutir el avance oficial.
En respuesta – y tras la reunión – la central sindical convocó una movilización para el próximo jueves 18 de diciembre a las 15 con epicentro en Plaza de Mayo – que coincidirá con el debate del Presupuesto en la Cámara de Diputados – y repercusiones en todo el país. La protesta estará centrada en el rechazo al proyecto de reforma laboral que comenzó a tratar la Cámara Alta.
¿Qué son las FAL?
Los FAL son el sistema propuesto por el proyecto oficial para que las empresas canalicen los recursos con los cuales afrontar las indemnizaciones por despido sin causa. Se trata de una especie de reversión de los Fondos de Cese Laboral aprobados con la Ley Bases, que no tuvieron acogida por parte de casi ningún sector porque los empresarios los consideraban muy costosos. La diferencia es que los FAL serán obligatorios, excepto en la construcción y el trabajo en casas particulares, y se financiarán con dinero que hasta ahora los empleadores deben aportar al sistema de seguridad social.
En concreto, si se aprueba la reforma, las empresas deberán aportar a los FAL el 3% de la masa salarial bruta de sus empleados todos los meses. El dinero estará destinado a costear las indemnizaciones y, mientras tanto, será invertido en instrumentos financieros autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
«Una aclaración que nos parece importante y que también tuvo debate y tratamiento adentro del Consejo Directivo: en la conferencia de prensa que vi ayer de Manuela Adorni omitió varias cosas respecto de la presentación del informe de lo que se denomina Consejo de Mayo. La primera de las cosas que omite decir es el tratamiento que ese informe da a consideraciones importantes respecto de lo que para nosotros son agresiones», explicó el cotitular de la CGT, Jorge Sola.
Sobre el debate del proyecto en el Consejo de Mayo, Sola ahondó: «¿Qué vemos? Específicamente, un país que está empobrecido, que está sin inversión económica, los trabajadores tienen que estar debatiendo lo que va a suceder con el futuro, no solamente de sí mismo, sino de sus hijos».
«Claramente, nos oponemos terminantemente a cada uno de los puntos que establece este este proyecto de reforma laboral. Es una situación que, efectivamente, transita por la precarización laboral. Es un paso más a esa informalidad», sentenció.
Andrés Rodríguez, secretario general adjunto de la CGT, también se mostró en oposición y expresó su opinión acerca del proyecto: «Ataca la estructura sindical, genera muchas modificaciones en los derechos colectivos e individuales de las trabajadoras y de los trabajadores y, por lo tanto, la CGT ha tomado una decisión, indudablemente, para enfrentar esta realidad».
Gerardo Martínez, jefe de la UOCRA y secretario de Relaciones Internacionales de la CGT, adelantó que también se convocará a un plenario de delegaciones regionales para delinear un “programa de acción” y dar inicio a lo que calificó como “una etapa de resistencia con propuestas”. El dirigente remarcó que la CGT ya está trabajando “a full” para organizar la respuesta gremial y sostuvo que la modernización laboral seguirá siendo un eje de disputa en las próximas semanas.
Sobre el plan de acción del gremio, Sola aseguró que se llevará el reclamo y la postura a cada diputada y a cada diputado. «Le vamos a explicar el por qué no puede salir esta ley, el por qué tantos derechos que están vulnerados», sentenció.
Debido a esto, Rodríguez, ratificó: «Este es el principio de un plan de acción que despliega la CGT producto de esta unilateralidad que decide el gobierno de modificar bastante de raíz lo que significan los derechos adquiridos de los trabajadores durante años de mucha lucha del movimiento sindical argentino».
La reunión de la CGT
Según informaron fuentes oficiales, cerca de las 12 comenzó la reunión de la «mesa chica» del organismo, para luego pasar a la reunión ampliada. Además, confirmaron que ya llegó a sus manos la reforma y la están analizando junto a abogados.
Cordero dixit
El secretario de Trabajo, Julio Cordero, defendió el proyecto de modernización laboral enviado al Senado. “Lo que tiene de magnífica esta reforma es que no quita realmente ningún derecho esencial a los trabajadores y, por otro lado, da y otorga derechos apuntando a generar empleo”. Así definió Julio Cordero, secretario de Trabajo del ministerio de Capital Humano, al proyecto de modernización laboral que el Poder Ejecutivo envió hoy al Senado, en un reportaje concedido a Ámbito y a La Nación.
Cabe señalar que esta iniciativa, si bien no se avanzó con la modificación de las cuotas solidarias – uno de los principales ingresos de los gremios – sí dispone que las empresas ya no estarán obligadas a ser agente de retención de los pagos mensuales de afiliación.
La intención es que sea opcional “siempre que medie conformidad expresa del trabajador y acuerdo entre las partes”. Al respecto, fuentes oficiales aclaran que “los sindicatos van a tener que hacer su propio sistema de recaudación, pero no vemos que sea un problema. Hoy en día, existen mil formas de cobrarle a un afiliado, hay un montón de mecanismos digitales”.
El proyecto también refuerza el traspaso de los fueros laborales de la Nación al ámbito de la ciudad de Buenos Aires. Además, precisa algunas pautas para que no haya más “grises”. Uno de los más relevantes: el texto aclara que actualmente el aguinaldo no forma parte del cálculo para las indemnizaciones en caso de despido.
La iniciativa también contempla una fórmula para la actualización -menos discrecional que las que se aplican hoy- de los montos indemnizatorios en los juicios laborales consistente en la aplicación de la variación del índice de precios al consumidor del INDEC más el 3%.
La reforma, asimismo, apunta a reducir los costos laborales y, en ese sentido, dispone una baja del 6% al 5% de las contribuciones que hacen las empresas a las obras sociales. Con relación a la ultraactividad, Cordero señaló que “se abre la puerta a que se modernicen los convenios”.
Principales puntos de reforma laboral del Gobierno
La propuesta presentada por el Poder Ejecutivo reescribió aspectos centrales de la legislación laboral vigente: define nuevas reglas para vacaciones, introduce la figura del banco de horas, modifica criterios de indemnizaciones, redefinió el régimen de despidos e incorpora cambios en procedimientos judiciales y administrativos vinculados al mundo del trabajo.
Vacaciones
El proyecto garantiza el derecho de todos los empleados a vacaciones anuales pagas, manteniendo los estándares de la Ley de Contrato de Trabajo. Introduce la opción de que empleadores y empleados, de forma individual o colectiva, acuerden una ampliación del período vacacional, siempre que respeten los mínimos legales. El empleador debe conceder las vacaciones entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente y notificar por escrito con al menos treinta días de antelación. Como novedad, cada tramo fraccionado de vacaciones no puede ser menor a siete días, y la organización deberá permitir al menos una vez cada tres años el descanso durante el verano.
Solo procede otorgar vacaciones fuera del período normal bajo causas justificadas y con autorización previa de la Autoridad de Aplicación. El fraccionamiento busca adaptabilidad a las necesidades familiares, sectoriales o productivas, pero bajo los límites y autorizaciones fijados.
Banco de horas
El texto habilita que empleador y trabajador acuerden un régimen de compensación de horas extraordinarias, formalizado por escrito y con carácter voluntario. El acuerdo debe definir controles que permitan registrar las horas efectivamente trabajadas y las disponibles para su goce. Los convenios colectivos pueden establecer métodos de cálculo de la jornada máxima por promedio, siempre garantizando descansos mínimos de 12 horas entre jornadas y de 35 horas semanales. El banco de horas permitirá compensar jornadas largas con otras más breves, dentro del máximo semanal legal establecido.
Indemnizaciones y despidos
Sobre indemnizaciones, el proyecto autoriza sustituir el modelo único por fondos o seguros sectoriales de cese laboral, financiados mediante aportes mensuales patronales. El cálculo incluye salario básico, sumas habituales y antigüedad, pero excluye pagos extraordinarios y gratificaciones no habituales. Se define la remuneración normal y habitual como la devengada al menos seis meses del último año, y se establecen topes específicos: la base no podrá superar tres veces el salario promedio del convenio aplicable, con un piso del 67% de ese valor.
En casos de fallecimiento del trabajador, el mecanismo determina quiénes son los beneficiarios y cómo se reparte la indemnización entre familiares. La posibilidad de pago fraccionado queda habilitada bajo condiciones precisas, con límites para la imposición de intereses sobre el capital indemnizatorio.
Se detallan los motivos y procedimientos de despido diferenciando desvinculaciones justificadas y sin causa. Para despidos sin justa causa, la indemnización equivale a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual recibida durante el último año o lapso de prestación si fuera inferior.
El proyecto contempla que frente a conflictos en áreas esenciales y actividades consideradas trascendentales, funcionen servicios mínimos en sectores críticos (75%) y ramas estratégicas, como salud, energía, transporte, educación, logística, bancos y comercio digital (50%).
En caso de que la Justicia declare inválido un despido, el trabajador puede elegir entre reincorporarse a su puesto o recibir la indemnización correspondiente. Si opta por regresar, la empresa debe regularizar la relación laboral y abonar los salarios por el período no trabajado.
Remuneraciones
La propuesta modifica el régimen salarial introduciendo reglas sobre composición de la remuneración, que podrá incorporar sumas fijas, variables y beneficios sociales definidos. Los recibos de sueldo, planillas de asistencia y la documentación laboral deben digitalizarse obligatoriamente, equiparando su validez a la documentación en papel. La digitalización de los certificados médicos también queda reglamentada, permitiendo su presentación en caso de ausencias por enfermedad.
Los recibos deberán detallar contribuciones abonadas e importes adicionales, mientras que la Autoridad de Aplicación podrá requerir nuevos datos para reforzar la transparencia de los pagos. El proyecto regula qué conceptos integran la remuneración principal, resguardando claridad ante reclamos judiciales.
Enfermedad y ausencias
En casos de enfermedad inculpable o profesional, el uso de certificados médicos digitales adquiere plena validez legal. Empresas y la seguridad social podrán verificar diagnósticos en un sistema centralizado de control médico. El procedimiento para reincorporación exige alta médica definitiva y, si la reincorporación es parcial, la remuneración será proporcional a la capacidad de trabajo recuperada.
El empleador debe notificar ausencias prolongadas antes de definir sanciones disciplinarias o la extinción del vínculo. Se regula que la reincorporación está supeditada al alta médica definitiva y que, hasta entonces, no es obligatorio asignar tareas distintas a las habituales.
Régimen para casas particulares y trabajo agrario
Para el trabajo en casas particulares, el período de prueba se extiende a seis meses, los recibos son completamente electrónicos y la constancia bancaria es medio suficiente de prueba de pago. Se establecen condiciones específicas sobre descanso, provisión de ropa y elementos de trabajo, alimentación y seguros.
El régimen agrario crea un contrato permanente de prestación continua con período de prueba de ocho meses. En ese lapso cualquiera de las partes puede finalizar la relación sin expresión de causa y sin indemnización, debiendo avisar con quince días de anticipación. Se garantiza la negociación colectiva para los salarios, que nunca pueden ser inferiores al mínimo vital y móvil, y la remuneración por rendimiento tendrá un piso establecido por acuerdo entre partes, que debe respetarse aún si factores externos impiden alcanzar ese mínimo.
Fondos de asistencia laboral
El proyecto dispone la creación de Fondos de Asistencia Laboral (FAL), integrados por aportes patronales equivalentes al 3% de la remuneración computable. Estos fondos funcionan como respaldo ante despidos en el sector privado, y su administración no implica obligaciones directas hacia los trabajadores. Se regula detalladamente el uso y los procedimientos para su liquidación.
Régimen para repartidores, derechos individuales y formalización
Se crea un Régimen de Servicios Personales de Reparto y Mensajerías diseñado para quienes trabajan mediante plataformas tecnológicas. Los repartidores deben registrarse en ARCA, realizar aportes y contar con cobertura social, informar una cuenta bancaria y respetar normativas de tránsito. Acceden a derechos como rechazar pedidos, conocer los motivos de bloqueos o suspensiones, y recibir el ciento por ciento de las propinas recibidas en la plataforma.
Transferencias, subcontratación y responsabilidades
El articulado agrega normas específicas sobre transferencia de establecimientos y la responsabilidad solidaria en casos de subcontratación, delegación o empresas vinculadas. Determina que la responsabilidad se limita cuando el empleador verifica adecuadamente la identidad y la vigencia de las obligaciones de la otra parte.
Procedimientos judiciales y prácticas sindicales
Frente a litigios laborales, el proyecto introduce consecuencias si se determina “pluspetición inexcusable” (reclamos exorbitantes sin justificación), y establece pasos para que los juzgados remitan antecedentes de empleo no registrado, buscando una regularización más ágil. Define un capítulo sobre prácticas desleales sindicales, con nuevos motivos de infracción y posibilidad de acción judicial para las partes afectadas.
La CGT rechaza el nuevo esquema. En la foto, dirigentes gremiales con Julio Cordero, secretario de TrabajoIntroduce también normas para procedimientos sancionatorios en conflictos colectivos. Para realizar asambleas sindicales dentro de los establecimientos, las asociaciones deben solicitar autorización previa especificando día y horario. Durante la asamblea, el tiempo no se remunera. Se reduce el crédito horario de delegados sindicales a diez horas mensuales y se regula la tramitación de personería gremial. La ley considera infracciones muy graves los bloqueos y las tomas de establecimientos.
Convenios colectivos, ultraactividad y formalización laboral
Respecto a los convenios colectivos, desaparece la ultraactividad: al vencer un acuerdo, solo permanecen las condiciones laborales hasta nueva convención o acuerdo de prórroga. Se estipula que la autoridad pueda suspender cláusulas ultraactivas si causan distorsiones económicas serias, y la prelación de convenios favorece los de menor ámbito frente a los mayores.
El proyecto implementa el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), vigente por un año y orientado a fomentar empleo registrado mediante reducciones de contribuciones patronales para nuevos trabajadores bajo condiciones específicas de contratación y antecedentes laborales recientes.
⚪🔵 MARCHAMOS CONTRA LA REFORMA LABORAL
Convocamos a movilizar el 18 de diciembre en rechazo a la reforma laboral que impulsa el Gobierno, un proyecto que pretende arrasar con derechos históricos y golpear al movimiento obrero organizado. pic.twitter.com/VD1wKVfspt
— CGT (@cgtoficialok) December 11, 2025
Mariano Moreno Noticias toda la actualizad de la zona
