Una ley consensuada para que se precaricen las condiciones laborales de los argentinos y se priorice la industria del despido y el trabajo en negro con salarios de miseria y, entre otros puntos, se limite peligrosamente el derecho a huelga. La letra chica de la Reforma Laboral y los cambios ocultos que recortas sueldos por enfermedad y castiga hacer deportes. Entre otros puntos, el artículo 208 de la Reforma Laboral elimina cobro del 100% del salario en licencias médicas, y pagará el 75% del mismo y habilita quitas del 50% por «actividades de riesgo».
Mientras el debate público se centra en las generalidades de la reforma laboral precarizadora, la lectura fina del articulado revela que no solo no hubo ni un cambio a favor de los trabajadores, sino que agregaron uno que empeora la situación actual de manera drástica.
El foco de la polémica está en la modificación del artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo (Art. 44 del proyecto). Hasta hoy, si un trabajador se enferma o tiene un accidente, cobra el 100% de su sueldo. Con la nueva ley, todo cambia.
Fin del salario completo con la Reforma Laboral
El nuevo texto establece un recorte automático. Por una enfermedad o accidente común —como que te choquen en la calle, te desmayes, sufras un ACV o tengas una gripe fuerte— el empleador ya no pagará el 100% de tu salario, sino el 75%.
Esta quita se aplica sobre la remuneración que se percibe al momento de la interrupción de los servicios, afectando directamente el bolsillo del trabajador en su momento de mayor vulnerabilidad de salud.

Otros de los puntos más destacados de la reforma laboral precarizadora tras los cambios del Gobierno
Indemnizaciones más pobres
Se redefine la «mejor remuneración» para el cálculo: solo lo mensual, normal y habitual, excluye conceptos no mensuales como SAC y vacaciones y se establece que la indemnización es la única reparación por despido sin causa.
Actualización de créditos laborales
También establece una actualización de créditos laborales, que establece un esquema de IPC y un 3% anual.
Nuevo sistema: Fondo de Asistencia Laboral
Se crean los Fondos para ayudar a cubrir costos de desvinculación y obligaciones indemnizatorias. Aporta el empleador: 1% mensual grandes empresas y 2,5% mensual MiPyMEs.
Registración laboral simplificada y digital (ARCA)
El registro ante ARCA es suficiente: no pueden exigirse requisitos extra por otras autoridades. Libros laborales: se conservan 10 años y se permite digitalización con validez legal.
Delimitación de beneficios sociales para el trabajador
Se redefine qué entra como beneficio social no remunerativo (comedor, reintegros médicos, guardería, útiles, capacitación, etcétera).
Banco de horas
Se habilitan regímenes voluntarios de banco de horas, de común acuerdo entre el empleador y el empleado.
Vacaciones más flexibles
Vacaciones entre 1° de octubre y el 30 de abril, y se permite acordar fuera de temporada. Se habilita el fraccionamiento, con un mínimo de 7 días.
Licencia por enfermedad
Se refuerza el derecho del empleador a control médico y junta médica.
Régimen de Incentivo para Formación Laboral
Se incorpora un Régimen de Incentivo a la Formación Laboral para promover capacitación, empleabilidad y reconversión. El objetivo: más trabajo formal, más productividad y más oportunidades, especialmente para jóvenes y perfiles sin experiencia.
Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión
Se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión. Apunta a que las empresas realicen inversiones en producción real, tecnología y expansión.
Reducción de cargas sociales para nuevos empleos
Se reducen cargas sociales para empleos actuales y se facilita la contratación de nuevos empleados.
Prelación de convenios de empresas
Un convenio de empresa de una provincia prevalece por sobre un convenio ámbito nacional.
Compromiso de Reforma Fiscal integral
Se presentará una nueva Ley que impulse los acuerdos fiscales entre la Nación y las Provincias para reducir las cargas tributarias.
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