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El Gobierno prohíbe cortes de servicios públicos y suspende multas a pymes por cheques sin fondos

Un Estado presente. Sin dudas, la Argentina de muestras a diario su alto nivel de solidaridad, ante la dramática situación que se vive por la expansión de la pandemia del coronavirus Covid-19. El jefe de Estado, Alberto Fernández, publicó dos nuevos decretos que priorizan las necesidades populares.

A través de dos Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), el Gobierno Nacional prohíbe el corte de servicios esenciales por 180 días, para garantizar la continuidad de luz, agua,  gas, cable, telefonía e internet, aun con deuda de tres facturas impagas, consecutivas o alternas, con vencimiento desde el 1° de marzo de 2020.

Esta nueva medida adoptada, alcanza a los beneficiarios de AUH, pensiones no retributivas, inscriptos en el monotributo social, jubilados y trabajadores en actividad que cobren hasta dos sueldos mínimos, beneficiarios del seguro de desempleo, empleados en casas particulares, electrodependientes,  y exentos de ABL.

A su vez, el Decreto contempla a las Pymes y micro-empresas en emergencia, a las cooperativas y empresas recuperadas; a las empresas de salud pública o privadas y a las de bien público que  participen de la cadena de alimentos. El Ejecutivo podría disponer de nuevos beneficiarios si lo creyera necesario.

En este sentido, Los usuarios que cuenten con servicios prepagos de electricidad no estarán obligados a pagar la recarga. Para aquellos que tuvieran contratados planes análogos de telefonía móvil e internet móvil, las empresas deberán garantizarles un mínimo de conectividad.

Suspensión de multas e inhabilitaciones de cuentas corrientes bancarias a Pymes por cheques sin fondos

El otro DNU que se conoció en la fecha, suspende, hasta el 30 de abril, las multas e inhabilitaciones de cuentas corrientes bancarias, por cheques sin fondo. A su vez autoriza a las entidades bancarias a otorgar créditos a empresarios que tengan deuda previsional registrada en la ANSeS, AFIP y banco de datos.

También será otorgado un subsidio extraordinario de 3.000 pesos, a liquidar en abril de 2020, para jubilados y pensionados, que perciben hasta el haber mínimo. Y para quienes tengan un haber superior a dicho sueldo mínimo, será un monto hasta alcanzar la suma de 18.891,49 pesos.

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