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Es ley la regulación para la modalidad de teletrabajo

Por 40 votos  favor, y 30 en contra, Senadores aprobó el proyecto de ley para regular la modalidad de teletrabajo. El sistema comenzará a los 90 días de la finalización del aislamiento por la pandemia. Costos de conexión y equipamiento, a cargo del empleador. Se activa la «reversibilidad» inmediata y el derecho a desconexión por fuera de la jornada laboral.

La ahora ley que regula la modalidad del teletrabajo, establece los presupuestos mínimos de la modalidad de teletrabajo, como garantizar el derecho a la desconexión, o lo que hace a mantener la intimidad del domicilio y la posibilidad de poder revertir esa modalidad de trabajo y volver al sistema presencial:

-Las regulaciones específicas de esta modalidad de trabajo «se determinarán para cada actividad mediante la negociación colectiva respetando los principios de orden público establecidos en esta ley».

-Las personas que trabajen contratadas bajo esta modalidad gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial.

-La jornada de trabajo deberá ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo, de conformidad con los límites legales y convencionales, tanto en lo que respecta a las tareas desarrolladas fuera de línea, como aquellas que se realizan en línea.

-La modalidad de trabajo a distancia «debe ser voluntaria por consentimiento escrito y puede ser revertida con una notificación por el trabajador», que podría regresar así al trabajo presencial.

-Se garantizan los «derechos colectivos» de los trabajadores e igual representación sindical a la del conjunto de las personas que trabajan en forma presencial.

-El empleador deberá proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja.

-El trabajador a distancia «tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar», y «dicha compensación operará conforme las pautas “.

-Con respecto al derecho a la desconexión, señala que «la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo tendrá derecho a no ser contactado y a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias».

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