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Si todavía no sabés donde votás consulta el padrón electoral definitivo

La Cámara Nacional Electoral dio a conocer el Padrón Electoral Definitivo. Se podrá consultar los datos de lugar y mesa de votación previstos para las primarias del domingo 13 de agosto. El padrón se podrá consultar en los sitios web www.electoral.gob.ar y en www.padron.gob.ar

Los argentinos volverán a las urnas este año para elegir presidente de Argentina, que asumirá el próximo 10 de diciembre. Además se renovará la mitad del Congreso nacional, y también se votarán gobernadores, legisladores, y otros cargos provinciales y municipales. La Cámara Nacional Electoral anunció que ya está disponible para consultar el padrón electoral.

El padrón se podrá consultar en los sitios web www.electoral.gob.ar y en www.padron.gob.ar donde cada elector debe introducir su número de documento, género, distrito donde vota e ingresar un código verificador.

Tras esos pasos, se podrá consultar los datos de lugar y mesa de votación previstos para las primarias del domingo 13 de agosto.

Cuáles son los documentos válidos para votar en las PASO

En tanto, la CNE recordó que los documentos válidos para votar son la libreta de enrolamiento/libreta cívica, el DNI libreta verde o celeste, la tarjeta del DNI libreta celeste que contiene la leyenda «No válido para votar» y el nuevo DNI tarjeta

Además se precisó que el ejemplar del documento debe ser igual o posterior al que figura en el padrón, y no se permitirá el voto de ciudadanos cuyo documento corresponde a un ejemplar anterior al que figura en el padrón electoral ni tampoco de aquellos que presenten el DNI en su celular.

Elecciones: ¿qué se necesita para participar en las generales?

Como primer punto, los precandidatos que disputen una interna dentro de sus respectivas alianzas deberán superar en cantidad de votos al resto de los postulantes.

Una vez ganada la competencia interna, aquellos dirigentes que superen el piso del 1,5% de los votos válidos emitidos, con una lista o la sumatoria de ellas podrán presentarse en los comicios del 22 de octubre.

El candidato más votado debe obtener el 45% de los sufragios o el 40% y una diferencia de 10 puntos con el segundo postulante en la primera vuelta para ocupar el sillón de Rivadavia. Caso contrario habrá balotaje, que según la ley debe realizarse dentro de los 30 días de realizada la elección general.

Elecciones 2023: ¿puedo votar en las generales si no voté en las PASO?

Todos los ciudadanos a votar en las elecciones de este año y que figuren en el Registro Nacional de Electores tendrán la posibilidad de votar en los comicios generales. Es decir, si un elector no concurre a la votación en las PASO del 13 de agosto, está obligado a participar de igual manera el 22 de octubre, según indica el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Únicamente estarán exceptuados de votar los argentinos que pertenezcan a los siguientes grupos:

  • Personas mayores de 16 y menores de 18 años.
  • Personas mayores de 70 años.
  • Jueces y auxiliares que se encuentren en funciones durante la elección.
  • Quienes vivan a más de 500 kilómetros del lugar de votación y posean una justificación válida que les impida el traslado.
  • Personas enfermas o imposibilitadas de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se deberá presentar una justificación.
  • Personal que integre organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección.

Elecciones 2023: definen cuánto tiempo habrá de propaganda política en TV

El gobierno nacional estableció este viernes el tiempo de difusión con el que contarán las propagandas políticas en televisión y regulará la emisión de las publicidades partidarias a semanas de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y ObligatoriasPASO) en Argentina.

La medida fue establecida a través del decreto N°330/2023 publicado este viernes en el Boletín Oficial, con la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y el ministro del Interior, Eduardo «Wado» de Pedro.

En este contexto, los medios de la televisión deberán ceder un 5% de 12 horas de programación para la difusión de campañas electorales. Es decir, 24 minutos del total. Los medios audiovisuales que superen las 12 horas de programación serán habilitados por el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) como señales aptas para la difusión de las propagandas políticas.

 

 

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