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El Gobierno envía al Congreso un proyecto para promover la construcción

Agenda post-pandemia. Con el objetivo de reactivar la actividad económica y generar empleo, el Gobierno de TODOS busca liberar de carga tributaria a aquellas empresas que inviertan en el sector de la construcción. Conocé los principales puntos del proyecto que en las próximas horas ingresará al Congreso de la Nación.

El proyecto que en las próximas horas ingresará al Congreso de la Nación, como parte de una batería post-pandemia para reactivar la economía, duramente golpeada tras cuatro años de gobierno macrsita/radical/lilito y por los dramáticos efectos de la pandemia, es parte de los anuncios que el ministro de Economía Martín Guzmán, realizó el pasado primero de octubre. La iniciativa contempla beneficios impositivos para estimular la inversión en proyectos nuevos.

Los principales puntos del proyecto para promover la construcción, enviado por el Gobierno nacional:

-Se exime del pago del impuesto a los Bienes Personales, durante dos años, a los activos financieros que se apliquen a nuevas construcciones.

-Se establece la posibilidad de computar como pago a cuenta de Bienes Personales el equivalente al 1% del valor de las inversiones realizadas en el marco de esta ley.

-Se propone adecuar el momento del pago de los tributos sobre las transacciones inmobiliarias, esto es, impuesto a las Ganancias o impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas, según corresponda- al momento de producirse el efectivo incremento del flujo del proyecto de inversión; así como adecuar el monto imponible a su evolución en términos reales.

-Se propicia el diferimiento del pago de estos impuestos sobre la base imponible que se configure por la transferencia y/o enajenación cuyo objeto sea el financiamiento, inversión y/o desarrollo de proyectos inmobiliarios o de infraestructura.

-Se propone que el pago del impuesto proceda cuando los titulares perciban una contraprestación en moneda nacional o extranjera; cuando cedan o transfieran a cualquier título la participación, derechos o similares que poseen en aquellos; o cuando se produzca la finalización de la obra o se adjudique la unidad, lo que ocurra en primer lugar.

-El proyecto establece por un tiempo limitado un régimen de declaración voluntaria de activos para las personas humanas, sucesiones indivisas y sociedades de capital. Dichos fondos pagarán un único tributo con alícuota creciente en el tiempo, gozando de un conjunto de beneficios tributarios y de acciones judiciales y administrativas.

 

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