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Freno a la extranjerización del suelo nacional propuesto por Milei: la Justicia suspendió la derogación de la “Ley de Tierras”

La decisión fue tomada por el juez federal Ernesto Kreplak, del Juzgado Federal Nº 4 de La Plata, en el marco de una causa iniciada por un grupo el centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM).

El juez federal de La Plata Ernesto Kreplak dictó una cautelar por la cual suspende el artículo del DNU que derogaba la norma que restringe la venta de campos a extranjeros, conocida como “Ley de Tierras”.

Es que hizo lugar a una presentación del centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM), a través de su presidente Rodolfo Carrizo, por la cual reclamaron dejar sin efecto el artículo 154 del DNU 70/2023 que había derogado la ley 26.737 del Régimen de Protección al Domino Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales.

El juez Kreplak, acusando como subrogante del Juzgado Civil y Comercial Federal de La Plata, frenó la medida ya en vigencia y lo inscribió como amparo colectivo, pues aplica a todos más allá de quien lo reclama.

En su descargo, el Gobierno señaló que las cuestiones del DNU son políticas no judiciables y que el tema está en plena discusión en el Congreso de la Nación y que quienes reclaman no tiene legitimidad para hacerlo.

«Si bien el objeto estatutario de la Asociación actora se orienta a la defensa concreta de los derechos soberanos en el Atlántico Sur, Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur, el bien jurídico «Soberanía Nacional», en razón de su naturaleza colectiva e indivisible, no resulta susceptible de tutela parcial o selectiva», replicó el juzgado.

«A mayor abundamiento, debe destacarse que la derogación de la norma legal tutelar, habilita sin más, la adquisición por extranjeros, de tierras rurales (en los términos vedados por la Ley derogada) en los mismos territorios ilegítimamente ocupados por el Reino Unido, que la Asociación actora tiene por objeto estatutario defender», remarcó el juzgado en su resolución.

Según el juez, el Gobierno no fundamentó el por qué la derogación de la ley adecuadamente sumado a que sea también el odio proporcionado para hacerlo, esto es el dictado de un DNU sin haber pasado previamente por el Congreso nacional.

«La motivación del acto estatal discrecional es un presupuesto básico porque si no está motivado no es posible controlarlo o, quizás, el control es más difuso y débil en este contexto. Si el Ejecutivo no da razones sobre su elección (o las brinda en forma insuficiente), aun cuando la decisión sea jurídicamente válida, no es posible controlarla en términos ciertos», añadió el juez.

¿Qué es la “Ley de Tierras”?

En el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que publicará el Gobierno nacional de desregulación de la economía, se incluyó la derogación de la Ley 26.737 de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales, también llamada Ley de Tierras, una normativa que limita la posibilidad de vender a extranjeros tierras que tienen fuentes de agua importantes o que están en zonas de seguridad de fronteras.

El Presidente Javier Milei, durante el discurso por cadena nacional que emitió en diciembre pasado, mencionó “la derogación de la Ley de Tierras para promover las inversiones”.

En concreto, la ley establece que sólo el 15% de las tierras rurales totales de la Argentina pueden estar en manos de extranjeros. Si la normativa se derogara, entonces ya no habría límite y las negociaciones quedarían libradas a la voluntad de compradores y vendedores. Ese porcentaje también se aplica al territorio de cada provincia.

Además, hoy las personas extranjeras de una misma nacionalidad no pueden tener más del 30% de ese 15% total sobre las tierras rurales y en ningún caso pueden tener más de 1.000 hectáreas en la zona núcleo y en las que sean declaradas equivalentes.

Por otro lado, la ley advierte que está prohibida toda interposición de personas físicas de nacionalidad argentina, o de personas jurídicas constituidas en nuestro país, a los fines de configurar una titularidad nacional figurada para infringir las previsiones de esta ley. “Ello se considerará una simulación ilícita y fraudulenta”, sostiene el artículo 6 de la Ley. Esto significa, que si un argentino hace de testaferro de un extranjero para la adquisición de tierras por fuera de la ley, tendrá graves consecuencias legales.

La normativa contempla igualmente algunas excepciones. Pueden adquirir libremente tierras los extranjeros con más de diez años de residencia contínua y permanente en el país, así como aquellos que tienen hijos argentinos y demuestran que tienen una residencia de 5 años continua y permanente en el país.

También pueden comprar libremente las personas casadas o que conviven con un argentino o argentina desde 5 años antes de adquirir la tierra rural y que demuestran residencia permanente y continua. Es importante aclarar que se considera “residencia continua” cuando la persona está en el país más de 9 meses cada año.

Cuáles son las provincias más “extranjerizadas”

De acuerdo con la última actualización del Registro Nacional de Tierras Rurales (abril de 2022), la provincia con mayor superficie productiva vendida a extranjeros es Salta, con un 11,56% de territorio en manos internacionales. Le siguen Misiones (11,07%), San Juan (10,48%) y Corrientes (9,87%).

Un poco más atrás aparecen Mendoza (9,11% de hectáreas extranjerizadas), Santa Cruz (8,11%) y Catamarca (8,64%).

En lo que respecta a Buenos Aires, los datos más actuales indican que hay 834.421 hectáreas en manos de extranjeros, lo que representa el 2,89% del total de 28.833.860 hectáreas rurales.

Quiénes compran tierras en Argentina

Las estadísticas relevadas por el Gobierno nacional en el marco de la Ley de Tierras revelan una clara participación de tres nacionalidades en la compra de territorio argentino. Los que más compran son los estadounidenses, que ya son propietarios de 2.722.096 hectáreas en el país, le siguen las empresas y personas de nacionalidad italiana (2.051.446 hectáreas) y los españoles (1.815.047 hectáreas).

Entre esos tres países explican más de la mitad del total de tierras locales en manos internacionales. También tienen amplia participación los suizos (851.534 hectáreas), los chilenos (769.393) y los uruguayos (577.985).

Las estadísticas no especifican qué uso le da cada nacionalidad a las tierras que poseen, pero las provincias más “extranjerizadas” tienen un alto perfil vitivinícola (Mendoza, San Juan y Salta) o de té, arroz y cítricos, en el caso de Misiones Corrientes.

 

 

 

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