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La AFIP denunció por “Incompatibilidad de funciones” a los exfuncionarios macristas Gil Lavedra, Reussi, Carrió, Ávila y Dugann

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) denunció ante la Oficina Anticorrupción (OA) a las gestiones de Alberto Abad y Leandro Cuccioli. Los fundamentos por parte del ente recaudador es que, en los años de administración macrista, hubo profesionales contratados que, en simultáneo, realizaban tareas en el ámbito privado o público.

“Las irregularidades encontradas determinaron que los abogados Ricardo Gil Lavedra, Maximiliano Reussi, Alejandro Carrió, Juan Antonio Ávila y Tomás Farini Dugann, realizaron trabajos incompatibles, tanto en el sector público como en la actividad privada, con las funciones que desempeñaban en la AFIP. La denuncia pone en conocimiento a la Oficina Anticorrupción y brinda información detallada de cada una de las incompatibilidades detectadas”, aseveraron.

Entre las irregularidades que fueron detectadas, indicaron que los abogados “defendían a contribuyentes mientras trabajaban en la AFIP”, así como también que percibían de forma simultánea el beneficio previsional con los honorarios pagados por el organismo.

La denuncia abarca el período del junio de 2016 a diciembre de 2019, cuando Mauricio Macri se desempeño como presidente de la Nación. Desde la administración tributaria, que actualmente conduce Carlos Castagneto, solicitaron que se declare la nulidad de las contrataciones y el recupero del perjuicio fiscal, así como la intervención de la Procuración del Tesoro de la Nación y el deslinde responsabilidades.

La denuncia compromete los graves delitos de abuso de autoridad, incumplimiento de los deberes de funcionario público, malversación de caudales públicos, servicios y negociaciones incompatibles con la función pública por las autoridades intervinientes”, cerró el comunicado.

Las acusaciones

El documento enumera un total de 25 incompatibilidades detectadas. El primer afectado que se menciona es el abogado Ricardo Rodolfo Gil Lavedra, a quien se lo acusa de haber percibido ingresos de forma simultánea por contratos de locaciones de servicios de la AFIP y de la Tesorería de la Provincia de Jujuy.

“Se desempeñaba bajo la modalidad ‘ad honorem’ en el Ministerio de Justicia de la Nación y era abogado defensor de un imputado (Ricardo Lona) en el marco de causas penales por delitos de lesa humanidad en la que el Estado Nacional era parte querellante (a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos). Simultáneamente fue contratado por la AFIP para la prestación de servicios profesionales”, mencionaron.

En un tercer punto, indicaron que patrocinaba y efectuaba gestiones extrajudiciales respecto de contratistas estatales de forma simultánea con la contratación en AFIP. Y por último, era letrado de la provincia de Santa Fe en una causa donde el Estado Nacional era parte demandada y “resultaba de importancia institucional para la AFIP”. La resolución, sostienen en el organismo recaudador, implicó una pérdida de $14.036.708.553,40 para el organismo.

Consultado por LA NACIONGil Lavedra calificó de “absurda” la acusación ya que “el contrato no implica relación de dependencia con el Estado Nacional”. Y explicó: “Además, el propio contrato me obligaba a no litigar contra la AFIP y, además, era anual, a abonarse por horas efectivamente trabajadas”. En tanto, sobre el patrocinio de Santa Fe, el abogado replicó que era un “pleito previo, ya existente”.

Al abogado Maximiliano Reussi se lo acusó de defender a contribuyentes imputados en cuatro causas penales por infracción a la Ley Penal Tributaria, siendo la AFIP querellante en tres de ellas.

Sobre Alejandro Carrió recae la misma denuncia, a quien también se lo señala de percibir de forma simultánea, a partir de septiembre de 2019, el beneficio previsional con honorarios pagados por la AFIP. Juan José Antonio Avila fue acusado por las mismas razones.

“El Estudio que representamos se sujetó a todos los procedimientos que nos fueron indicados por el Estado Nacional. Brindamos toda la información que le permitió al Estado verificar que no existía conflicto de interés alguno. Las tareas que cumplimos están debidamente documentadas y los honorarios que percibimos se ajustaron exactamente a la propuesta realizada al organismo que nos contrató”, expresaron los abogados Carrió y Reussi durante una entrevista con el matutino La Nación.

En el caso de Tomás Farini Duggan, la AFIP señala que percibía de forma simultánea sus honorarios de la AFIP y su remuneración como empleado en relación de dependencia del Honorable Senado de la Provincia de Buenos Aires. Además, defendió a contribuyentes imputados por la Ley Penal Tributaria.

“Ávila y Farini Duggan son socios en un estudio jurídico. El segundo fue contratado a instancias del primero, sin acreditar ningún elemento en la necesidad de contratación, redundando en un beneficio patrimonial para la sociedad de ambos, en detrimento del erario público”, apuntó el documento. Según se señaló, el direccionamiento en la contratación de abogados querellantes se realizó en el período del 15/06/2016 al 12/12/2019, por un monto de $8.336.726.

Al respecto, Farini Duggan replicó: “[La acusación] es inviable porque no existe incompatibilidad horaria ni funcional. Si bien se trata de jurisdicciones distintas, lo importante es que puedas cumplir con ambas responsabilidades”.

Asimismo, desde el organismo recaudador aseguraron haber demostrado una “contratación simulada con apariencia de legalidad en su formulación”, al invocarse procedimientos y finalidades regladas, pero que se concretó mediante una decisión adoptada con anterioridad por el Administrador Federal “para que el abogado Ricardo Gil Lavedra se desempeñe en la representación judicial de la AFIP”.

En ese marco, señalaron que el abogado actuó como patrocinante del entonces titular de la AFIP, Alberto Abad, presentándose en la causa 4943/2016 (López Cristóbal y otros s/ Defraudación contra la Administración Pública) el 25 de abril de 2016. “Esto es 20 días antes de que el Dr. Abad haya dado el visto bueno a esa contratación (16 de mayo de 2016)”, dijeron.

“En la presentación realizada ante la justicia se constituye domicilio en el estudio de Gil Lavedra. Por la información detallada en el escrito se concluye que hay violación del secreto fiscal y secreto de datos personales. Asimismo, el abogado continuó siendo apoderado de la AFIP en la causa durante 8 meses luego de finalizado su contrato”, completaron.

En el punto número 16 se menciona que en la contratación de los abogados Alejandro Carrió y Maximiliano Reussi, reemplazantes de Gil Lavedra, se produjo “un desplazamiento de la autoridad solicitante y supervisora de la contratación”. La misma fue ejecutada por Jimena de La Torre, subdirectora General de Coordinación Técnico Institucional, que es “incompetente para tales fines”.

La denuncia asegura que en los tres procedimientos de contratación se “simuló haber realizado entrevistas” para seleccionar abogados, pero que no fue así. Y que el carácter del contrato establecía que solamente el contratado podía actuar como abogado, no obstante, se detectó que “autorizaron a tomar vista y sacar fotocopias de los expedientes a terceros vinculados a los estudios, en clara violación del secreto fiscal y secreto de datos personales y de las cláusulas contractuales”.

No existe documentación que respalde la totalidad de las actividades facturadas por los abogados, ni existió actividades de control previo al pago. Incluso en el caso de los abogados Carrió y Reussi, había una doble facturación, dado que hay casos en los que ambos realizaron tareas iguales que las facturaban por igual”, agregó la AFIP.

Por otra parte, desde el fisco aseguran haber constatado “el apartamiento de la finalidad del objeto de la contratación para otorgar cobertura legal a autoridades superiores del Organismo y darles intervención en otras causas judiciales (de alto impacto político), sin efectuar ningún procedimiento tendiente a verificar la legalidad de su actuar”. Tal denuncia es para el período 19/08/2016 al 31/12/2019, por un monto de $8.236.400.

Desde AFIP remarcaron que no hay antecedentes en el área de los expedientes judiciales que presuntamente tramitaban los letrados, ni de la realización del procedimiento para su designación. Y que tenían absoluta autonomía por parte del área de Jurídicos.

De acuerdo al documento, de las 34 causas penales asignadas a los abogados, en cinco no se pudo determinar el agente defendido. En tanto, en 28 de ellas los imputados son autoridades superiores del organismo: Alberto Abad, en 11; Leandro Cuccioli, en cuatro; Jaime Mecikovsky, en 3; y Néstor Sosa, en 3.

 

 

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